Foto: Arkadya Hakobyan
En Kabardino-Balkaria, un tribunal condenó a un creyente pacífico
Kabardino-BalkariaDeclarar culpable a Arkadya Akopovich Akopyan en virtud de la parte 1 del artículo 282 del Código Penal de la Federación de Rusia y condenado a 120 horas de trabajo obligatorio. Esta decisión fue anunciada el 27 de diciembre de 2018 por Oleg Golovashko, juez del Tribunal de Distrito de Prokhladnensky. No hay pruebas reales de la culpabilidad de Hakobyan en el caso, por lo que el veredicto será apelado. En el pasado, todos los intentos de acusar a los testigos de Jehová en virtud del artículo 282 del Código Penal de la Federación de Rusia fueron infructuosos.
El tribunal creyó en una acusación inverosímil: cinco testigos de la acusación, que no profesan la religión de los testigos de Jehová, admitieron unánimemente que habían distribuido masivamente folletos de los testigos de Jehová con signos de extremismo en nombre de Arkadi Hakobyan. El tribunal consideró que todos los demás episodios no estaban probados o eran insignificantes.
"Los testigos de Jehová nunca instruyen a extraños para que distribuyan nuestra literatura litúrgica", dice Yaroslav Sivulsky, de la Asociación Europea de Testigos de Jehová. Por último, que algunas personas que no profesan nuestra religión emprendan tan unánimemente la difusión de las enseñanzas de los testigos de Jehová es algo fuera del ámbito de la fantasía. Nos entristece profundamente el estigma de delincuente que el juez impuso a una persona honesta y decente".
Cabe señalar que en 2018, Rusia tomó medidas para despenalizar la parte 1 del artículo 282 del Código Penal de la Federación de Rusia a nivel legislativo. Sin embargo, el tribunal se consideró facultado para condenar a un jubilado de 70 años que trabajó toda su vida como sastre a un castigo en forma de trabajo obligatorio.
Anteriormente, en virtud del artículo 282 del Código Penal de la Federación de Rusia, las autoridades intentaron acusar a los testigos de Jehová en Gorno-Altaisk, Yoshkar-Ola, Sergiev Posad y Chita. Todos los juicios que llegaron a un veredicto en virtud de este artículo terminaron con la absolución total de los creyentes con derecho a rehabilitación.